La Agencia Tributaria devolvió en el primer mes de la Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al año 2023 un total de 3.135 millones de euros a 4.587.000 contribuyentes.
La campaña de la renta finalizó el pasado 1 de julio pero Hacienda tiene unos plazos establecidos para la devolución de nuestro dinero.
A la hora de hacerla, hay que tener en cuenta una serie de campos que debemos rellenar correctamente si queremos beneficiarnos de las ayudas o deducciones que el Gobierno te puede ofrecer. Entre los campos más importantes que hay que revisar siempre que estemos haciendo la declaración están las deducciones autonómicas. Cada comunidad autónoma puede establecer unos beneficios fiscales específicos.
La mayoría de estas deducciones suelen estar enfocadas a los hijos, los pagos del alquiler o el cuidado de personas mayores, pero es importante saber cuáles son los de tu comunidad autónoma. A la hora de realizar la declaración de la Renta hay que tener en cuenta las deducciones que podemos aplicarnos. Varias de ellas tienen que ver con los hijos que tenemos.
Hasta el año 2022 sólo las madres trabajadoras se podían beneficiar de la deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Ahora, incluso si en el momento del nacimiento no estaba la madre trabajando sino cobrando el desempleo, o también si con posterioridad cotizó 30 días o más, podrá beneficiarse de esta deducción y solicitar el abono anticipado de 100 euros al mes.
Esta ampliación entre 2020 y 2023 de las madres beneficiadas alcanza también a los 1.000 euros adicionales por gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil.
Además, la declaración de la Renta también puede variar según la comunidad autónoma donde se realice. Por ejemplo, en el caso de Asturias, el Gobierno del Principado contempla una deducción para todas aquellas familias que tengan hijos. Esta deducción está clasificada como el “cuidado de un menor de 25 años”.
Es decir, todos aquellos padres que tengan un hijo menos de 25 años a su cargo podrán deducir 300 euros (150 cada uno de los progenitores con derecho) y 600 a partir del segundo hijo. Es decir, en el caso de tener dos hijos podrán devolverte 900 euros en la declaración de la Renta. Deducción que se amplía en caso de tener más hijos. Por ejemplo, esta devolución podría llegar hasta los 1.500 euros en caso de tener tres hijos menores de 25 años a tu cargo.
Cuantía de la deducción
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- 300 euros por el primer descendiente de hasta 25 años que genere derecho a la aplicación del mínimo por descendientes regulado en el artículo 58 de la Ley del IRPF.
- 600 euros por el segundo y sucesivos descendientes.
La deducción será igualmente aplicable hasta que el descendiente cumpla los 26 años de edad, aun cuando no genere derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, siempre que cumplan los restantes requisitos definidos en el citado artículo 58.
La deducción en el período impositivo en el que el descendiente cumpla 26 años se calculará de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos previstos en el presente artículo.
En este caso, a efectos del cálculo del número de meses en que se cumplen los requisitos, solo se computará hasta el mes anterior a aquel en que cumpla la edad de 26 años.
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Requisitos
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- Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, casillas [0435] y [0460] de la declaracionno supere las siguientes cantidades:
- 35.000 euros en tributación individual.
- 45.000 euros en tributación conjunta.
- Que los progenitores, adoptantes o tutores convivan con el descendiente.
- El cumplimiento del requisito de convivencia debe determinarse en la fecha de devengo del impuesto.
- Cuando exista más de un contribuyente con derecho a la aplicación del beneficio fiscal, la importación de la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos, aplicándose únicamente a aquellos que cumplan las condiciones establecidas para ser beneficiarios de la misma.
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