A partir del 1 de septiembre de 2024, se va a producir un cambio temporal que afecta a los sistemas de control de equipaje EDSCB de los aeropuertos de Europa. Pero, ¿qué cambia en tu equipaje a partir de septiembre?
En los últimos años cada compañía aerea ha sido libre de declarar las medidas exactas que acepta en cuanto al artículo de mano, aquel que entra de forma obligatoria con la compra del billete, y también respecto al peso y las medidas de la maleta de mano o cabina, la que actualmente pagamos como un extra al billete.
Además de restricciones en los tamaños de los equipajes, también encontramos restricciones en los líquidos: no pueden sobrepasar los 100 ml en la mayoría de aeropuertos, de modo que es necesario enfrascar la colonia, los champús, cremas solares, repelentes, etc. en botes que no sobrepasen el tamaño permitido. Algunos aeropuertos europeos para mejorar la experiencia del cliente invirtieron en escáneres C3 que permitían incluir en el equipaje de mano líquidos sin restricción.
Es decir, aquellos aeropuertos en los que está instalado es posible meter botellas de vino o geles y champús en envases de más de 100ml. El 1 de septiembre se establecerá de nuevo el máximo de 100ml para todos los aeropuertos, será una medida de forma temporal.
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El motivo de este cambio, como recuerda el organismo es que los equipos de seguridad convencionales, incluidas las máquinas de rayos X, no pueden detectar de manera eficaz los explosivos líquidos.
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